La AP de Sevilla avala el desalojo de una vivienda de un banco porque hacer obras "no equivale" a renta
La Audiencia de Sevilla ha confirmado una sentencia previa que condena a un hombre y a una mujer a desalojar una vivienda propiedad de una filial de una entidad bancaria que habitaban «desde hace tiempo» en San Juan de Aznalfarache, considerando probado que ocupaban el inmueble «sin título y sin pagar renta o cantidad alguna por ello», toda vez que acometer obras de reforma en la vivienda «no equivale al pago de renta».
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