El TUE dice que no hay "derecho al olvido" para datos personales recogidos en registros de sociedades
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que no existe el «derecho al olvido» para los datos personales recogidos en el registro de sociedades, aunque los Estados miembros pueden optar por establecer un acceso «restringido» por parte de terceros a esta información tras un plazo «suficientemente largo» tras la liquidación de la empresa afectada.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir!