El TS fija que los accidentes ‘in itinere’ de los funcionarios dan derecho a la pensión extraordinaria por incapacidad permanente
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que el accidente ‘in itinere’ de un funcionario público es consecuencia del servicio a efectos de percibir la pensión extraordinaria de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio.
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