El TS declara que los concejales tránsfugas no pueden asumir nuevos cargos o retribuciones que supongan mejoras políticas y económicas
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que fija como doctrina que el pase a la condición de concejal no adscrito, como consecuencia o por razón de un supuesto de transfuguismo, “impide que se asuman cargos o que perciban retribuciones que antes no ejercía o percibía e impliquen mejoras personales, políticas o económicas. Queda excluida de esta limitación la incorporación a las comisiones informativas”.
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