El doble procedimiento de reforma de la Constitución Española
La regulación del procedimiento de reforma en el Título X de la Constitución presenta como principal singularidad el establecimiento de un doble procedimiento de reforma. El previsto en el artículo 167 y que se puede denominar ordinario, y el más agravado y dificultoso, recogido en el artículo 168 que se puede calificar como extraordinario.





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