Procedimiento de elaboración de instrumentos urbanísticos: la incidencia de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Director del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.
Director del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo.
Un juzgado estima la demanda interpuesta por la Fiscalía contra Gas Natural por facturar consumos de energía generados en periodos anteriores a un año. Esta conducta es declarada abusiva e ilícita. Igual caracterización adquiere la conducta de interrumpir el suministro e inscribir al cliente en un fichero de morosos.
El trámite es gratuito para el consumidor y las entidades tendrán tres meses para resolver las reclamaciones.
La finalidad del registro de morosos es reflejar la solvencia económica del deudor. Las grandes empresas no pueden utilizarlo como método de presión para el cobro de las deudas porque atenta contra el derecho al honor de los consumidores.
Interventora del Ayuntamiento de Torrent (Valencia).
El TSJ de Canarias reconoce el acceso a la prestación por maternidad en caso de gestación subrogada.
El RDL 3/2016 elimina la posibilidad de conceder aplazamientos o fraccionamientos de determinadas deudas tributarias, entre ellas, las derivadas de los pagos fraccionados del IS y las derivadas de tributos que, como el IVA, deben ser legalmente repercutidos, salvo que se justifique que las cuotas repercutidas no han sido efectivamente pagadas.
La presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, y el presidente de UNICEF Comité Español, Carmelo Angulo Barturen, han firmado un convenio para impulsar la promoción y protección de los derechos de la infancia en España.
La AP de Cantabria considera que existían “serias dudas de derecho” en la limitación establecida por el Tribunal Supremo de los efectos restitutorios derivados de la nulidad de las cláusulas suelo.
Los juzgados españoles comienzan a aplicar el fallo del TJUE que establece la retroactividad total de lo cobrado por las cláusulas suelo por falta de transparencia.