Suspensión y extinción del contrato en caso de violencia de género
El Estatuto de los Trabajadores permite a las trabajadoras víctimas de violencia de género que suspendan su contrato de trabajo, si así lo deciden, cuando se vean obligadas a abandonar su puesto de trabajo como consecuencia de ser víctimas de violencia de género. También permite que el contrato se extinga por el mismo motivo.





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