Anulado el requisito de uso obligatorio del euskera en actividades para menores de 16 años exigido para ser beneficiario de subvenciones
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha declarado la nulidad del requisito relativo a la utilización obligatoria del euskera en las actividades dirigidas exclusivamente a menores de 16 años, que se exige para ser beneficiario de subvenciones en la Ordenanza reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de Lasarte (Guipúzcoa).
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