El TS avala el plazo de 30 años para cancelar la inscripción en el Registro de Delincuentes Sexuales
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha validado, por ajustarse a derecho, el plazo de 30 años para la cancelación de inscripciones en el Registro Central de Delincuentes Sexuales cuando se haya cumplido la pena sin volver a delinquir la víctima, la víctima sea menor y el condenado mayor de edad.
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